26.9 C
San Fernando del Valle de Catamarca
InicioSociedadCitan a declarar a las titulares de AFIP de Tucumán y Rentas...

Citan a declarar a las titulares de AFIP de Tucumán y Rentas de Catamarca

domingo, 27 de noviembre de 2022 05:00

En el marco de la reactivación de la investigación en la causa Adhemar Capital, el juez federal Miguel Ángel Contreras citó a declarar en calidad de testigos a las titulares AFIP de Tucumán y ARCA de Catamarca, para brindar claridad sobre el funcionamiento de la financiera y su relación con los organismos de recaudación del estado nacional y provincial. 

Las indagatorias obedecen a petitorios de las querellas que aportaron pruebas al respecto y de las declaraciones del director ejecutivo de la Agencia de Recaudación de Catamarca, Gonzalo Maximiliano Figueroa, quien en su oportunidad manifestó que la financiera pagaba impuestos por desarrollar esa actividad.

Según informaron fuentes judiciales, las declaraciones se llevarán a cabo el próximo 6 de diciembre a las 10 y 11.30 en las instalaciones del Juzgado Federal de Catamarca. 

Cabe recordar que, mientras la empresa Adhemar Capital funcionaba punto fijo del que se habló a lo largo del expediente, cuyo informe aún no está concluido. Se supo que la empresa estaba inscripta bajo la denominación “Servicio de Gestión de Fondos a cambio de una retribución o por contrato: actividad 91.007” y se supo que “la recaudación diaria se reportaba al Ministerio de Economía”, según expresó Figueroa.

Origen

Aparentemente, el detonante de la intervención del organismo habría sido una serie de declaraciones juradas emitidas por la empresa donde daban cuenta de cero ingresos y esto motivó a que se lleve adelante un procedimiento, el cual está previsto bajo la normativa vigente del organismo de recaudación. 

Durante su declaración, Figueroa contó: “En realidad yo asumí la dirección del ARCA en abril de 2021. ARCA está compuesto por tres organismos: Rentas, Registro de la Propiedad y Catastro. En esa época, cuando asumí como director, entiendo que ya había alguna orden de intervención por una persona humana, es decir, una orden de intervención tributaria que dispone Rentas.

”En la orden de intervención se deja plasmado quienes son los inspectores que van a tener facultades para hacer requerimientos durante todo el término de la inspección. En virtud de eso, Rentas abrió órdenes de intervención a cuatro financieras en ese momento, disponiendo todo el proceso de fiscalización”, reconoció.

Titular de Rentas

Luego, a pregunta del juez federal, Figueroa señaló: “Yo asumí en abril de 2021 y en lo que es el caso concreto de Adhemar Capital, (la intervención) se dispuso en mayo de 2021. Antes de esa fecha se han dispuesto intervenciones a personas humanas, que no es el mismo que está ahora (sic). En el momento en que se dispuso la intervención de la empresa Adhemar Capital”, el cual lo firma la contadora (directora de Fiscalización), quien hoy es la directora de Rentas, remarcó.

En ese contexto, el magistrado solicitó que se llame a declarar en calidad de testigo a la mujer, quien aportaría la información necesaria a fin de esclarecer los motivos por el cual, el organismo de recaudación decidió iniciar el punto fijo en las instalaciones de la financiera cuestionada. 

Al ministerio

En tanto, con respecto a si estos directivos se reportan al director ejecutivo, Figueroa cuando declaró reconoció: “La dirección del ARCA es una agencia relativamente nueva. ARCA tiene como función llevar a cabo la política tributaria de la Provincia. Al ser un organismo nuevo, ni siquiera se modificó el Código Tributario, con lo cual hasta incluso los recursos jerárquicos van al Ministerio de Economía directamente”, agregó.

Inconclusa

Luego fue consultado sobre si se reportó alguna irregularidad con el funcionamiento de la empresa, a lo que Figueroa respondió: “Las inspecciones en realidad no están cerradas, se determina si una empresa omitió impuestos o no. Una vez que los inspectores determinaban su tarea con el informe final de auditoría, ese cierre de inspección todavía no concluyó (sic). De pagar impuestos, sí pagó. Lo que la inspección tiende a verificar es si el impuesto que pagaba era el que correspondía pagar, lo que aún no se pudo determinar”.

Punto fijo

Con respecto al denominado punto fijo en Adhemar Capital, Figuera mencionó: “No se instaló oficinas, pero sí llevó a cabo el procedimiento de punto fijo. En base al Artículo 47, inciso C, se prevé un método presuntivo de determinación de deudas. El punto fijo consiste en constatar ingresos por cinco días en el lugar. El Código Tributario prevé que la determinación de deudas debería hacerse sobre una base cierta, es decir con conocimiento concreto, con toda la documentación que avale la obtención de ingresos de un contribuyente, en caso de no poder obtener la totalidad de la documentación que avala esos ingresos. A fin de preservar la meta fiscal, el Código prevé la utilización de presunciones para determinar ingresos. Entonces, cuando no se puede de forma cierta hacerlo, se aplica este método”.

En cuanto a la justificación del punto fijo, el titular del ARCA explicó: “En los fundamentos de la resolución que dispone el punto fijo, la Disposición de la Dirección de Rentas 39/2021, es la que dispone el procedimiento del control de punto fijo de Adhemar Capital. En los considerandos de la resolución surge que la empresa declaró cero ingresos en los periodos de octubre de 2020 a abril de 2021 y 15.350.179,93 pesos en el periodo de mayo de 2021. A tenor de todo lo dispuesto de Rentas, lo que lleva a tomar la decisión es que el contribuyente no haya respondido a intimaciones realizadas por el organismo a la empresa, la cual ya tenía multas”, finalizó.

 

MAS NOTICIAS
NOTICIAS RELACIONADAS